Por Daniela Figueroa Videla
Estación Central conversó con la subdirectora de la Comisión de Derecho Penal de la Asociación de Abogadas Feministas, Abofem, por la decisión de la Corte Suprema de rechazar la figura de acoso sexual al interior del Poder Judicial, señalando que “es muy lamentable porque ya habíamos logrado jurisprudencia donde entendíamos el acoso sexual como actos y comportamientos como de los que estamos hablando en este caso”.
Agregó que “lo que se evidencia es que no basta solo una la ley, sino que se debe mejorar la formación de los jueces, funcionarios y operadores del sistema judicial (…) porque si no entendemos que el fenómeno de la violencia de género es un problema estructural, vamos a seguir buscando interpretaciones estrictas como en este caso”.
Mariana Bell explicó que aquí se trata de un funcionario del Poder Judicial que realizaba tocaciones y dichos de carácter sexual, haciendo referencia a los órganos sexuales de las mujeres atentando contra la dignidad de todas las personas que comparten su espacio laboral.
“Una serie de comentarios que la Corte Suprema decide, en su voto de mayoría, rechazar porque no alcanza a ser acoso sexual porque no existía un requerimiento en sí de carácter sexual” sino frases y opiniones que iban dirigidos a varios individuos y no hacia alguien determinado. Comentó que en la sentencia de la Corte Suprema aparecen al menos 5 personas, “aquí hay una situación sistemática contra un grupo de personas”.
La abogada aclaró que el acoso sexual se refiere a actos o comportamientos que pueden ser verbales o no verbales, físicos o no físicos, que impiden a la persona afectada desenvolverse de manera igualitaria y que discriminan.
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