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Columna de Opinión

La necesidad de tener una definición propia para nuestro patrimonio cultural

Dr. Alejandro Sánchez, académico Departamento de Ingeniería en Minas de la Universidad de Santiago

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  • Diario Usach

  • Miércoles 5 de agosto de 2026 - 12:38

  • buenamemoria.cl

El término patrimonio cultural se ha oficializado por UNESCO desde 1972, primero con la concepción de patrimonio mundial como "el legado que heredamos del pasado, con el que vivimos hoy en día, y que transmitiremos a las generaciones futuras". Desde entonces, el concepto ha servido no solamente para preservar lo que queremos heredar a las generaciones futuras, sino que además para propiciar sitios con potencial educativo, recreativo y económico.

Con estas consideraciones, revisemos otro concepto, el de desarrollo sustentable (o sostenible, en este texto serán sinónimos): "Aquel desarrollo que satisface las necesidades del presente sin poner en peligro la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades"; este se acuñó en la ONU en 1987 y se oficializó en 1992 en la "Cumbre de Río". La coincidencia de espíritu entre ambos conceptos nos lleva a vincularlos, pudiendo decir que lo que queremos legar a las futuras generaciones, ha de servirles para satisfacer sus necesidades; o, de otro modo, para poder aspirar a tener desarrollo sustentable, debemos considerar nuestro patrimonio.

Es así que el cuidado de nuestro patrimonio puede jugar un rol clave en el desarrollo sostenible. Es deseable, entonces, contar con un concepto de patrimonio que sea propicio para nuestra realidad territorial y cultural.

En Chile hubo uno generado por la Dibam, en 2005, definiendo patrimonio cultural como: "Un conjunto determinado de bienes tangibles, intangibles y naturales que forman parte de prácticas sociales, a los que se les atribuye valores a ser transmitidos y resignificados, de una época a otra, o de una generación a las siguientes". Esta definición, lamentablemente, perdió vigencia con la entrada en vigor de la ley que creó el Ministerio de la Cultura, las Artes y el Patrimonio (ley No. 21.045), donde se explicita ceñirse a las definiciones de Unesco, que separan el patrimonio en cultural (creaciones humanas: construcciones, artefactos, prácticas) y natural (no humanas: ecosistemas, paisajes, lugares particulares).

La separación entre naturaleza y cultura es una visión muy poco afín a las culturas sudamericanas; como ejemplo simple, pero ilustrativo, , en la costa, una caleta, botes y técnicas de pesca, usando las definiciones de Unesco, calificarían como patrimonio cultural: patrimonio cultural material inmueble el muelle, mueble los botes; y patrimonio cultural inmaterial las técnicas de pesca; sin embargo, el mar con sus peces calificarían como patrimonio natural, siendo que los elementos "culturales" no tienen razón de ser sin los "naturales". En nuestra experiencia, desde el Departamento de Ingeniería en Minas, hemos estudiado el patrimonio minero, donde constatamos que existe una fuerte identidad minera en los sitios que han sido campamentos mineros, como El Volcán en San José de Maipo, o Lota.

Estos "campamentos" tienen gran extensión territorial e histórica en el país, desde las oficinas salitreras, por el norte, hasta la cuenca carbonífera, e incluso hasta Tierra del Fuego si consideramos a la industria energética, que, luego del descubrimiento de petróleo en Magallanes, generó poblados con "bonanza económica".

Así, los recursos geológicos (minerales metálicos, recursos no metálicos, o energéticos), y su explotación, han propiciado el asentamiento de trabajadores en lugares muchas veces inclementes, generándose lo que algunos denominan "cultura del enclave" para referirse al modo de vida en campamentos mineros.

Asociado al desarrollo de la industria, no solamente está la afectación de la vida en los campamentos, sino que también de su entorno, con las construcciones de caminos, puertos, vías férreas o generadoras eléctricas; movilizando vendedores de insumos para la industria y enseres para la población, dando vida a un entramado que se sustentó por esa actividad. 

En ese contexto han desarrollado su identidad los habitantes de estos campamentos, donde ciertos elementos de la naturaleza son significativos, como minerales, rocas y paisajes. Así, la mineralogía de los yacimientos permea la identidad de los mineros y pasa a ser la base del entramado cultural que genera.

Este caso intenta mostrar que los elementos naturales del territorio integran la cultura de este. Situación que fue abordada en la participación ciudadana de una nueva legislación patrimonial, desarrollada en 2023 por el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural. En el informe respectivo, publicado por el ministerio, se da un marco teórico donde la definición de patrimonio cultural se entiende que es dinámica, y donde, entre otros componentes, se integra el patrimonio natural; en el análisis de la participación ciudadana, sobre ¿qué se entiende por patrimonio cultural?, aparecen conceptos de "universalidad" y "naturaleza", señalando: "Esta categoría, a diferencia de las demás, no se manifiesta de forma particular y específica, se plantea más bien como la necesidad de ampliar el reconocimiento del patrimonio cultural al ámbito de la naturaleza".

Como conclusión de este proceso, se reconoce que las categorías de patrimonio cultural son insuficiente y la naturaleza está dentro de lo que debiese incluirse. El proceso de modificación de esta ley quedó inconcluso con el cambio de gobierno en 2026, pero el insumo de la participación ciudadana es robusto.

Volviendo a los campamentos mineros, para que Lota viera su patrimonio cultural como un potencial para resurgir tras el cierre de la Empresa Nacional del Carbón, tuvieron que pasar diez años, y, gracias al trabajo de la comunidad lotina, ha demostrado ser una alternativa viable, incluso trabajan para incorporar la comuna al listado de Patrimonio Mundial de Unesco. El caso de Lota da cuenta de que la visión íntegra del territorio, usando su patrimonio, es una alternativa de desarrollo local. Con lo que también volvemos a la similitud de conceptos 'patrimonio cultural' y 'desarrollo sustentable'.

Finalmente, entendiendo que el concepto "patrimonio cultural" es dinámico, parece contradictorio que la ley se ciña a las definiciones de la Unesco, que, aunque ayudan a tener categorías para el patrimonio, no ayudan a que el concepto pueda ser una herramienta de gestión íntegra en los territorios, especialmente considerando el rol que la gestión patrimonial puede jugar para avanzar en desarrollo sostenible.