Desde el Ministerio Público dieron a conocer que, entre 2019 y noviembre de este año, fueron recibidas 3.794 denuncias por acoso sexual, de las cuales 279 acabaron con una sentencia condenatoria. Por otro lado, los sobreseimientos definitivos no sobrepasaron los 95 casos.
Ymay Ortiz, directora de la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía, indicó que "cuando se decide sancionar esta conducta, es porque se entiende que es de las situaciones más graves, y por eso se sanciona penalmente. Por lo tanto también hay una comunicación que está diciendo 'esto que ocurre en la calle es uno de los hechos más graves' y por lo tanto los vamos a sancionar".
La tipificación del delito, en su opinión, ha producido cambios "a nivel estructural, como una sanción social mucho mayor al acoso. Ahora puedes ver que hay medidas que se han optado en el transporte público, en el metro, campañas comunicacionales. Eso ha demostrado que la norma es exitosa, y además, ha sido valorado por las agrupaciones", señaló.
Se explicó que el aumento de judicialización de los casos, no se debe necesariamente a un aumento de estas conductas, ya que previamente esto no estaba tipificado, no había registro y, por lo mismo, mientras crece el conocimiento respecto de la ley, lo "normal" es que las denuncias tiendan al alza los primeros años. Tanto en las calles como en el transporte público, cada vez son más las víctimas que saben que lo que sufrieron es una conducta sancionada en el Código Penal y, por lo mismo, van al alza las investigaciones del Ministerio Público contra presuntos acusados.
En 2019, fueron ingresadas 297 denuncias por acoso callejero; en 2020, fueron 975; en 2021, se incrementó la cifra a 1.285, y en este año ya se alcanzan las 1.247. Las conductas sancionadas van desde una ofensa verbal en público, el mal llamado "piropo", hasta la grabación y difusión de imágenes genitales de un tercero. Además, en el caso de presentar conductas de abuso sexual, se amplía a la tipificación de ese delito.
Si bien en el ente persecutor aprecian la tasa de condenas, donde sólo se registran cuatro absoluciones, la cifra de "archivos provisionales" sigue siendo alta, pues equivalen a un 46% del total de los términos aplicados. La Fiscalía Nacional señala que esto se explica ya que ante estos delitos es muy complejo identificar al imputado, al acosador. Por lo tanto, ante la falta de imágenes, testigos o incluso una descripción más acabada de parte de la víctima, se decide cerrar el caso muchas veces a la espera de que existan mayores antecedentes.
Aunque, al ser consultada por las dificultades probatorias que existen en torno a este delito, Ortiz sostiene que son muy similares a las de otros ilícitos cometidos en la vía pública, mayoritariamente se está ante un imputado sin relación directa con la víctima, como también sucede en un robo por sorpresa. Es por ello que la tasa de archivos es alta, debido a los llamados "imputados desconocidos".
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