Por Francisca Delgado Ruz.
Después de 16 años de tramitación, la Cámara de Diputados y Diputadas despachó el proyecto de ley que permite que el apellido materno pueda anteceder al del padre. Al respecto, Estación Central convocó a Andrea Camargo, abogada y presidenta de la Fundación Mujeres, quien explicó: “Los progenitores podrán elegir el apellido de sus hijos, pero deben colocarle el mismo a toda su descendencia y todos los mayores de 18 años van a tener la posibilidad de realizar su cambio de apellido por única vez”.
“Esto es importante porque es un reglamento discriminatorio que nace de las costumbres e idiosincrasia y hoy vamos como estamos cambiando junto con ser menos machistas. Hemos visto críticas, pero es relevante para todas las mujeres que se hacen cargo solas de sus hijos donde 9 de 10 mujeres están tras las deudas por pensión alimenticia”, sostuvo la presidenta de Fundación Mujeres.
La abogada detalló que una vez promulgado el proyecto como ley “no afectará en nada, ni en el rut, filiación o derechos hereditarios, será la misma persona que debe cumplir con sus obligaciones”. Además, destacó que “si elijo hacer el cambio y tengo hijos menores, ellos también cambiarán y en caso de los mayores de 14 años se les consultará”. Y apuntó que los condenados, procesados y formalizados por delitos sexuales no podrán acceder al cambio de apellidos.
Camargo afirmó que el proyecto será “una solicitud de carácter administrativo en el Registro Civil con un costo mínimo por concepto de impuesto donde operará el libre albedrío”. Y finalizó reflexionando: “Que el apellido materno pueda anteceder al paterno es una reivindicación a los derechos y reconocimiento a las mujeres que sacan solas adelante a sus hijos”.
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