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Pablo Contreras por mantención del toque de queda: “La razón no es solo sanitaria sino de control de orden público”

El abogado constitucionalista explicó que a diferencia del Estallido Social, donde con un estado de emergencia no implicaba delito infringir la medida, ahora en pandemia al tratarse de un estado de catástrofe sí conlleva pena.

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  • Miércoles 23 de septiembre de 2020 - 11:45

Por Daniela Figueroa Videla

Estación Central conversó con el abogado constitucionalista Pablo Contreras sobre las razones que están detrás de la mantención del toque de queda que rige desde el 22 de marzo pasado, señalando que “una de las razones de porqué se mantiene esto, no es solo sanitaria sino la del control del orden público”. Cree que podría bastar con las policías.

El doctor en Derecho señaló que el gran argumento dado para que se restrinjan las libertades de movilización es el resguardo sanitario, pero falta aclarar “si está justificado o no” lo que a su juicio es más difícil de explicar.

Para el académico de la Universidad Autónoma, lo importante es que exista transparencia de los motivos para mantener el toque de queda de 23 a 5 hrs, cuando vemos que la gente está utilizando el transporte público, está saliendo a trabajar, está yendo a restaurantes y hace filas en el comercio.

El abogado explicó que durante el Estallido Social el toque de queda obedeció al estado de emergencia dictado por el Ministerio de Defensa y ejecutado bajo su mandato por las Fuerzas Armadas y de Orden, siendo la detención de las personas al infringir esta restricción muy cuestionada, ya que según la Ley Orgánica de Constitucional de Estados de Excepción, no implica delito, sino una falta.

Señaló que ahora, con la pandemia, es la autoridad sanitaria la que impone la restricción de libertad de movimiento y lo que “hay es un delito especial” relativo a poner en riesgo la salud pública, y acá sí es penado por ley.

Comentó que el Poder Judicial puede controlar la legalidad de las medidas, pero en estos últimos 6 meses las cortes han dicho que le corresponde al Presidente y al Minsal decidir las restricciones a adoptar, “han sido deferentes con el Ejecutivo” lo que ha sido criticado por la academia. Y que la sociedad civil y cualquier ciudadano puede exigir información pública acerca de los motivos que hacen que esta restricción a la libertad de movilidad se mantenga.

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