En septiembre pasado se modificó la Ley de Tránsito. De esta manera, ahora el reglamento que obliga a los automovilistas a grabar las patentes en vidrios y espejos.
El objetivo de esta medida es reducir el robo de vehículos a través de la inscripción de sus patentes en los vidrios, lo que está siendo revisado por Contraloría.
La nueva normativa establece la obligatoriedad del grabado de patente en ventanas y espejos retrovisores para vehículos nuevos y usados.
¿Cuál es el plazo?
De acuerdo con la Ley 21.601, la fecha exacto del grabado de patentes dependerá de cuándo se publique el reglamento en el Diario Oficial, como así también de la antigüedad del vehículo.
Vehículos nuevos: será obligatorio a los cuatro meses de que se publicó el reglamento en el Diario Oficial.
Vehículos antiguos: será obligatorio a los 12 meses de que se publicó el reglamento en el Diario Oficial.
¿Dónde se debe grabar?
De acuerdo al reglamento la patente debe ir grabada en al menos seis vidrios: el parabrisa, la luneta (parabrisa trasero) y los cuadro vidrios laterales (de las puertas).
En los vidrios laterales el grabado debe ir en la zona inferior y en el extremo izquierdo, visto desde afuera.
En espejos laterales el grabado debe ir lo más pegado al borde inferior o al superior. En el caso de que los espejos sean redondos, el reglamentos señala que la punta de la letra inicial y del número final deben coinicidir con los bordes superiores o inferiores del espejo circular.
Para espejos el grabado de tener entre 5 y 10 milímetros, en tanto en los vidrios laterales, parabrisas y lunetas el grabado debe ser de 7 a 10 milímetros.
El grabado debe ser permanente, entendiéndose como tal aquel que se realiza desgastando la superficie del vidrio, de forma tal que no pueda ser borrado.