Con 142 votos a favor y 4 abstenciones, la Cámara de Diputados y Diputadas aprobó la reforma constitucional que eleva las exigencias para que personas migrantes puedan ejercer el derecho a voto en Chile.
Al tratarse de una modificación a la Carta Magna, se requería un quórum de 87 votos, alcanzado tras gestiones clave de la ministra Segpres, Macarena Lobos, quien logró un acuerdo con la oposición pese a las críticas previas por su rol en el proyecto de multa por no votar.
También fueron determinantes las gestiones del presidente de la Cámara de Diputados, José Miguel Castro (RN), y del ministro del Interior, Álvaro Elizalde (PS), quien alineó a la bancada socialista para respaldar la iniciativa.
La reforma modifica el artículo 14 de la Constitución de 1980, aumentando de cinco a diez años el plazo de residencia ininterrumpida exigido para que extranjeros puedan votar.
Este cómputo comenzará desde la obtención de la residencia definitiva, y no desde la temporal. Además, se establece que durante ese período no podrán registrarse salidas del país superiores a 90 días en un año; si se excede ese límite, el año no se contabiliza, aunque no se pierde el tiempo acumulado.
En paralelo, se ajusta el artículo 15 para eliminar referencias a “electores”, con el fin de armonizar el voto obligatorio reinstaurado en 2022 y evitar que se extienda automáticamente a migrantes. Cabe destacar que el padrón migrante no está considerado en la sanción económica por no votar, que va de 0,5 a 1,5 UTM.
Las nuevas condiciones comenzarán a regir en 2026, con un artículo transitorio que permitirá adecuar la normativa y definir el régimen sancionatorio correspondiente.
Durante el debate, el diputado Andrés Longton (RN) acusó presiones cruzadas: “Estamos corrigiendo esta situación bajo extorsión, porque obviamente (la izquierda) no iba a votar a favor de la multa si es que no votábamos a favor de esto”.
Jaime Mulet (FRVS) respaldó la reforma: “No podemos dar las facilidades que tiene la actual Carta Fundamental desde hace muchos años atrás”.
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