La Cámara de Diputadas y Diputados despachó a ley dos proyectos de seguridad enmarcados en el "fast track" legislativo iniciado por la Corporación para tramitar con celeridad iniciativas en la materia.
Una de las normativas aprobadas es la que aplica penas más altas a quienes porten armas de fuego o artefactos explosivos en lugares altamente concurridos. Recibió 142 votos a favor y ningún rechazo.
La nueva ley dispone que la pena por porte de armas de fuego y sus partes, dispositivos y piezas sin la correspondiente autorización ahora partirá en cuatro años y un día. Antes comenzaba en tres años y un día.
Asimismo, para quienes porten el arma en lugares altamente concurridos la pena será de presidio mayor en su grado máximo, es decir, de 15 años y un día a 20 años. Antes iba de tres años y un día a 10 años.
En tanto, el otro proyecto se trata de una modificación al Código Penal que perfecciona dos tipos relacionados al delito de secuestro. Recibió 141 votos a favor y ninguna abstención.
Si antes se castigaba a quienes retuviesen a una persona para obtener un rescate, imponer exigencias o arrancar decisiones por más de 48 horas, ahora la sanción se gatillará desde las 24 horas.
Además, si la víctima sufre homicidio, violación, castración o lesiones graves, la pena comenzará en presidio perpetuo e irá hasta presidio perpetuo calificado, dejando atrás el presidio mayor en su grado máximo.
SICARIATO A COMISIÓN MIXTA
Por otro lado, la Sala rechazó en tercer trámite el proyecto que tipifica el delito de sicariato debido a que hubo consenso en exigir mayores sanciones. Solo obtuvo 131 votos a favor, 131 en contra y seis abstenciones.
Ahora la iniciativa pasará a la Comisión Mixta, donde la Cámara Baja estará representada por los diputados Karol Cariola (PC), Miguel Ángel Calisto (IND), Andrés Longton (RN), Lorena Fries (CS) y Gustavo Benavente (UDI).
La propuesta busca modificar la figura del sicariato, considerando "a quien mate a alguien por premio o promesa remuneratoria, o por cualquier otro beneficio económico o de otra naturaleza, en provecho propio o de un tercero".
Asimismo, busca sancionar al conspirador con la pena de presidio menor en su grado máximo, es decir, entre tres años y un día a cinco años.
Si la conducta se realiza contra un juez, un fiscal, un defensor penal público, o personal de Carabineros, la PDI o Gendarmería, la sanción variará de presidio menor en su grado máximo (res años y un día a cinco años) a presidio mayor en grado mínimo (cinco años y un día a 10 años).
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