Un total de 485 funcionarios de la Administración Central se mantienen suspendidos preventivamente en el marco de sumarios administrativos entre 2020 y marzo de 2026, todos ellos recibiendo sus respectivas remuneraciones. Esto de acuerdo con el Consolidado de Información Circularizada (CIC) N°25 de la Contraloría General de la República (CGR).
La revisión no incluyó a las municipalidades y puso el foco en la duración de las suspensiones. En ese sentido, diecisiete permanecían entre tres y cuatro años, de los cuales trece acumulan más de cuatro años. En total, treinta personas sumaron más de 1.095 días.
El caso más extenso corresponde al Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia (Mejor Niñez) con una suspensión de cuatro años y siete meses, seguido por el SLEP Santiago Centro (cuatro años y seis meses) y el SLEP Atacama (cuatro años y dos meses).
Según el Estatuto Administrativo, la suspensión preventiva durante una investigación disciplinaria de un funcionario mantiene el derecho a percibir la totalidad de sus remuneraciones. De hecho, el artículo 66 de la misma ley estipula que el tiempo suspendido preventivamente cuenta como una excepción legal para recibir sueldo sin haber trabajado de forma efectiva.
Si el fiscal concluye la investigación y propone la medida de destitución, puede decretar que se mantenga o prorrogue la suspensión. En este escenario específico, el funcionario quedará privado del 50% de sus remuneraciones. Si finalmente es absuelto o recibe una sanción menor, se le devolverá de forma retroactiva el dinero retenido
Sin embargo, cuando el sumario se extiende, la autoridad que lo instruyó debe revisar su estado, adoptar medidas para acelerar su tramitación y evaluar eventuales responsabilidades por las demoras.
Ante esta situación, la Contraloría ordenó que los 30 sumarios con suspensiones superiores a tres años sean asumidos directamente por el organismo fiscalizador para continuar su tramitación y determinar eventuales responsabilidades de las autoridades.
Asimismo, las entidades con funcionarios suspendidos por más de un año tendrán un plazo de 15 días hábiles para informar el cierre de los procesos, justificar su continuidad o detallar acciones de agilización.
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