Este viernes, el Poder Judicial informó que el Tribunal Pleno de la Corte de Apelaciones de Santiago decidió abrir sumarios administrativos contra el ministro Antonio Ulloa y el juez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, Daniel Urrutia. Lo anterior, por eventuales infracciones al artículo 323 del Código Orgánico de Tribunales.
Aunque la información no especifica cuáles fueron las supuestas infracciones de Urrutia y Ulloa, de acuerdo a lo consignado por La Tercera, estas podrían ser el segundo o tercer punto del artículo en cuestión.
La normativa del artículo 323 establece estas cuatro prohibiciones a los funcionarios judiciales:
Dirigir al Poder Ejecutivo, a funcionarios públicos o a corporaciones oficiales, felicitaciones o censuras por sus actos.
Tomar en las elecciones populares o en los actos que las precedan más parte que la de emitir su voto personal; esto, no obstante, deben ejercer las funciones y cumplir los deberes que por razón de sus cargos los imponen las leyes.
Mezclarse en reuniones, manifestaciones u otros actos de carácter político o efectuar cualquiera actividad de la misma índole dentro del Poder Judicial.
Publicar, sin autorización del Presidente de la Corte Suprema, escritos en defensa de su conducta oficial o atacar en cualquier forma, la de otros jueces o magistrados.
Si las infracciones resultan ser comprobadas tras la investigación, la Corte de Apelaciones deberá adoptar las medidas que considere para mantener la absoluta prescindencia de la autoridad judicial en las luchas electorales.
El anuncio llega días después del anuncio de la Corte de Apelaciones sobre la prescindencia que debían mantener sus jueces frente al plebiscito constitucional de salida.
“Casa de Brujas”
La abogada del juez Daniel Urrutia, María Izquierdo, considera insólito que el Poder Judicial haga este tipo de fiscalizaciones en sus funcionarios. Al respecto, señaló que le parece "bastante ilógico, desproporcionado, porque un juez por el hecho de ingresar al Poder Judicial no puede perder sus derechos inherentes a ser personas, como es la autonomía moral y el derecho a crítica. Un juez no pierde su libertad para poder plantear su opinión".
Agregó que "la independencia va a referida a un caso concreto, y en esos casos hay herramientas que permiten mantener la imparcialidad, ya que ante algunas situaciones, los jueves pueden inhabilitarse. Este tipo de disposiciones están obsoletas mundialmente".
Asimismo, la abogada Izquierdo subrayó que "un juez puede tener una determinada posición y eso no le impide ser un juez imparcial".
“A nuestro juicio, esto es una caza de brujas, una persecución contra el juez Urrutia, porque acá no se están respetando los fallos de la Corte Interamericana, que ha señalado que los jueces tienen derecho a la libertad de expresión. Por lo mismo, vamos a analizar los pasos y acciones a seguir", concluyó.
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