La Corte de Apelaciones de Santiago ordenó a la Armada retirar el retrato y la fotografía del excomandante José Toribio Merino, desde las dependencias de la Secretaría General y Comandancia en Jefe de la Primera Zona Naval.
El tribunal acogió un recurso de protección presentado por el abogado e integrante de la "Nómina de prisioneros políticos y torturados", Luis Mariano Rendón, quien solicitó que "se asegure el imperio del derecho, amparándolo en el legítimo ejercicio de su derecho a la integridad psíquica, ordenando el retiro de todos los homenajes a José Toribio Merino Castro del interior de recintos de la Armada y de cualquier inmueble o espacio público, como forma concreta de reparación que otorgue garantía de no repetición, y su reemplazo por un monumento a las víctimas de violaciones a los derechos humanos cometidas por personal de la Armada de Chile bajo el mando de Merino".
En esta línea, la corte estableció que la institución incurrió en un acto "arbitrario e ilegal", al mantener imágenes de "quien formó parte de un gobierno de facto durante el cual se incurrieron en delitos de lesa humanidad".
"El único fundamento entregado para no acceder al retiro de una fotografía y retrato, es que se encuentran ubicadas junto a las de otras personas que desempeñaron igual cargo que el del señor Merino", estableció el fallo.
En ese sentido, indicaron que "tal distinción se torna en ilegal a la luz de la garantía de no repetición consagrada en el artículo 63.1 de la Convención sobre Derechos Humanos y aplicable a nuestro país de conformidad al artículo 5 de la Constitución, que dispone que 'Cuando decida que hubo violación de un derecho o libertad protegidos en esta Convención, la Corte dispondrá que se garantice al lesionado en el goce de su derecho o libertad conculcados'".
Finalmente, la Quinta Sala de la Corte señaló que "se acoge el recurso de protección, solo en cuanto se ordena a la Armada de Chile el retiro del retrato y fotografía de José Toribio Merino Castro en la Secretaría General de la Armada y Comandancia en Jefe de la Primera Zona Naval, en el plazo de tres días desde que el presente fallo quede firme".
Una situación similar ocurrió en junio de 2022, cuando la Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección interpuesto por el mismo abogado a nombre de víctimas de violaciones a los Derechos Humanos.
En ese momento se obligó a la Armada de Chile a retirar la estatua de Toribio Merino, del frontis del Museo Marítimo de Valparaíso. El tribunal de alzada capitalino estableció, en ese entonces, que, con la mantención de la estatua, la rama marítima de las Fuerzas Armadas incurre en ilegalidad al contravenir la garantía de no repetición de delitos de lesa humanidad en el país.
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