La Corte Suprema acogió los recursos de protección interpuestos por las comunidades indígenas atacameñas de Camar y Coyo en contra de los procesos de licitación de explotación de cuotas de litio.
En la sentencia, la Tercera Sala del máximo tribunal del país acogió la acción cautelar presentada en contra de las "Bases de Licitación Pública, Nacional e Internacional, para la Suscripción de un Contrato Especial de Operación para la Exploración, Explotación y Beneficio de Yacimientos de Litio", al considerar que en la especie no se cumplió con el requisito de fijar un área específica para desarrollar el proyecto, con lo que no se pudo hacer la consulta indígena previa, como estipula la ley.
Cabe recordar que la polémica licitación del litio se realizó en la última etapa del Gobierno del Presidente Sebastián Piñera, cuya adjudicación se informó en enero, dos meses antes del término de su período.
“El mecanismo propuesto por la autoridad administrativa en el Decreto impugnado eludió un deber en lo relativo a la completa determinación del objeto de la licitación, pues omitió la individualización del lugar geográfico en que se desarrollará la actividad minera que culminará el procedimiento de licitación pública a que da inicio el referido decreto”, asegura el fallo.
El tribunal aseguró que la licitación podría afectar las pertenencias mineras previamente constituidas, mediante una “superposición de derechos". Además, sostuvo que el proceso "vulnera, como consecuencia ineludible, y deviene en impracticable para el caso, el derecho" de comunidades indígenas a una consulta previa.
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