El Cuarto Tribunal Oral Penal de Santiago emitió hoy el veredicto condenatorio contra el colombiano Diego Alexander Ruiz Restrepo (33), más conocido como "el sicópata de Meiggs", por seis homicidios calificados y un homicidio frustrado.
Las víctimas fueron personas que se encontraban en situación de calle y que rondaban el barrio Meiggs de la comuna de Estación Central de la capital. A todas las apuñaló salvajemente y solo una de ellas logró sobrevivir.
Tras culminar el juicio, la fiscal de la Fiscalía Centro Norte, Pamela Contreras, pidió que Ruiz Restrepo sea condenado a seis penas de presidio perpetuo calificado por los homicidios consumados, y a 20 años de cárcel por el homicidio frustrado.
El presidio perpetuo calificado significa que el condenado debe pasar un mínimo de 40 años tras las rejas antes de recibir cualquier beneficio penitenciario. En total, serían 260 años de cárcel, pero en estos casos el tribunal optaría por una pena única.
En el juicio, la fiscal expuso que entre marzo y noviembre de 2020, en horas de la madrugada, Ruiz Restrepo procedió a dar muerte a las víctimas que atacó en la vía pública, en el eje de la avenida Libertador Bernardo O'Higgins, entre las calles General Velázquez y Esperanza, comunas de Estación Central y Santiago.
Para atacar a las víctimas, el condenado "aprovechaba la oscuridad y las precarias condiciones en que vivían y dormían en la vía pública, atacándolas con golpes de pies para luego apuñalarlas en zonas vitales con un arma blanca -tipo cuchillo-, con el cual salía de su domicilio con la única finalidad de dar muerte a quienes encontraba en dicha condición".
En noviembre de 2020, el entonces subsecretario del Interior, Juan Francisco Galli, dijo que Ruiz Restrepo no fue expulsado a pesar de encontrarse de manera ilegal en el país desde 2013.
Galli confirmó que Ruiz Restrepo ingresó a Chile con una visa de turista en 2013, intentó regularizar su situación, abandonó los trámites y posteriormente cometió una serie de delitos.
Si bien procedía en ese momento la expulsión, ésta no se produjo por burocracia en el Poder Judicial, según Galli. Dijo que el imputado tenía una condena de 187 que pudo ser sustituida por la expulsión.
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