Diputados de oposición ingresaron un requerimiento ante el Tribunal Constitucional (TC) para pedir que se declare inconstitucional el inciso 2 del artículo 12 sobre educación no sexista, contenido en el proyecto de ley sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, despachado el miércoles a ley por el Congreso.
Según publica Emol, la iniciativa fue suscrita por 54 diputados de las bancadas de Republicanos, la UDI, RN, PGD y el Partido Social Cristiano, quienes representan más de la cuarta parte de los miembros en ejercicio de la Cámara.
Desde la oposición consideran que el inciso cuestionado es contrario a la libertad de enseñanza y al derecho de los padres a escoger la educación de sus hijos.
"Los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado deberán promover una educación no sexista y con igualdad de género y considerar en sus reglamentos internos y protocolos la promoción de la igualdad en dignidad y derechos y la prevención de la violencia de género en todas sus formas", dice el texto aprobado por la mayoría de los legisladores.
Los diputados argumentan que el "proyecto de ley, amparándose en la loable y necesaria intención de proteger a las mujeres, atenta directamente contra el deber y derecho preferente de los padres a educar a sus hijos y la libertad de enseñanza", contraviniendo la Constitución.
"La disposición impugnada adolece de un vicio por contravención de la libertad de enseñanza, en un doble sentido. Primero, al imponer a todos los establecimientos educacionales con reconocimiento oficial un enfoque único y excluyente en la educación sobre la persona y su sexualidad", argumentan.
Además, precisan que "es igualmente inconstitucional en cuanto todos los establecimientos educacionales reconocidos oficialmente tienen el deber -como se explicó en el acápite anterior de preferir la 'convicción' moral y antropológica del Estado por sobre la de sus propios proyectos educativos y la de los padres”.
Lo anterior, dicen, “vulnera simultáneamente el derecho de los padres a educar a sus hijos —como ya se ha visto— así como su derecho a escoger el establecimiento de enseñanza que quieren para ellos de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19 N° 11 de la Constitución".
Además sostienen que "la norma vulnera el artículo 5° inciso segundo de la Constitución, en cuanto el Estado vulnera derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana, y que son recogidos en forma expresa por tratados internacionales de derechos humanos vigentes en Chile: el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y la Convención Americana sobre Derechos Humanos".
En opinión de los parlamentarios, "resulta claro que la imposición de una educación 'no sexista' constituye una categoría que al no caber en ninguno de los límites objetivos señalados anteriormente, es de suyo contraria al texto constitucional en lo que respecta a la libertad de enseñanza".
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