La Comisión de Gobierno Interior aprobó en general cuatro mociones refundidas que permitirían a los municipios entrar al mercado de la distribución y comercialización del gas licuado.
Los proyectos plantean permitir a los municipios desarrollar actividades empresariales y comerciales para la distribución y comercialización del gas licuado. Algunas de las vías para habilitar este servicio sería la modificación de la Ley Orgánica de Municipalidades.
Tras la votación, la instancia acordó que la secretaría desarrollará una propuesta de indicación sustitutiva de las mociones. Con este documento, las y los diputados tendrían plazo hasta el 3 de enero para presentar indicaciones y comenzar la discusión en particular.
Previo a la votación de los proyectos, expusieron en la comisión Gustavo Alessandri y César Rojas, representantes de la Asociación de Municipalidades de Chile (Amuch). Si bien señalaron compartir la urgencia por entregar una solución al alza del precio de gas, manifestaron reparos a las mociones parlamentarias.
Por un lado, señalaron el costo de construcción de nuevos balones de gas y también el riesgo de manipulación de los artefactos. Para esto sería necesario contar con la infraestructura y capacitación necesaria, junto al asumir la responsabilidad frente a eventuales accidentes.
Para la Amuch sería mejor desarrollar una solución a corto plazo y no esta medida que dará una respuesta en el mediano o largo plazo. En esta línea, señaló Alessandri, sería mejor aumentar la competencia de las empresas, mejorar la distribución y también el rol que cumple Enap.
En la jornada, la Comisión también despachó a la Sala el proyecto que permite prorrogar, nuevamente, el mandato de los directorios de asociaciones y organizaciones ciudadanas. Esto debido a la crisis sanitaria por Covid-19.
El proyecto extiende de tres a nueve meses la prórroga que se establece en la ley aprobada en esta misma dirección en junio de 2020. La norma beneficia a las juntas de vecinos, uniones comunales, las comunidades agrícolas, asociaciones gremiales, iglesias, organizaciones religiosas, cooperativas y asociaciones de consumidores, entre otras.
Establece que, en todos estos casos, deberán haber cumplido su periodo para el cual fueron elegidos durante la vigencia del estado de excepción constitucional. O que lo hayan cumplido en los tres meses anteriores a su declaración.
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