El Gobierno decidió recurrir al Tribunal Constitucional (TC) para eliminar el artículo de la megarreforma que establece la reconexión gratuita de servicios básicos en zonas declaradas en estado de catástrofe.
La presentación sostiene que el artículo 31 del proyecto de ley para la Reconstrucción Nacional y el Desarrollo Económico y Social vulnera el artículo 69 de la Constitución, debido a que fue incorporado durante la tramitación legislativa sin tener una relación directa con las ideas matrices de la iniciativa.
El Ministro de Hacienda, Jorge Quiroz, aclaró que la posición del Gobierno no implica descartar el fondo de la propuesta, sino cuestionar la manera en que fue incorporada al proyecto.
“Pensamos que es una idea que tal vez incluso se podría perfeccionar, pero es mejor hacerla bien de un comienzo y, por lo tanto, recurrimos al TC porque se está infringiendo un principio de institucionalidad al cual nos queremos apegar”, explicó.
Al ser consultado sobre por qué el Ejecutivo no optó por un veto aditivo o sustitutivo para corregir la disposición, el ministro respondió que la decisión estuvo marcada por los ajustados tiempos de tramitación parlamentaria.
“Nos interesa ir rápido con el proyecto de ley. El veto aditivo tiene un tiempo de tramitación distinto y pensamos que esta es la forma de hacerlo”, señaló.
Por su parte, el ministro del Interior y vocero subrogante, Claudio Alvarado, reconoció públicamente que desconocía que el Ejecutivo había presentado este requerimiento.
“Es una información con la cual yo no contaba en ese momento. Esa es una información que yo no la tenía, por lo tanto, no me voy a referir a las cosas que no dispongo de la información”, afirmó.
Frente a las preguntas sobre una posible descoordinación interna, Alvarado aseguró que la gran reforma ha estado bajo la conducción técnica y política del Ministerio de Hacienda y sostuvo que las decisiones adoptadas por otros ministros “se acatan y se respaldan”.
Por su parte, el presidente de la UDI, Guillermo Ramírez, afirmó que "nosotros sí sabíamos" de la impugnación, por tanto, consideró que "aquí probablemente hubo un problema de coordinación, que la persona que tenía que informarle al ministro no lo hizo".
¿Qué dice la norma?
La norma obliga a las empresas concesionarias de distribución eléctrica, servicios sanitarios y distribución de gas a reconectar gratuitamente a usuarios residenciales y micro, pequeñas y medianas empresas ubicadas en zonas bajo estado de catástrofe, incluso cuando la desconexión se haya producido antes de la declaración de dicha condición.
El texto establece además plazos máximos de 48 horas para electricidad y gas, y de 24 horas para agua potable y alcantarillado. También prohíbe cobrar por la reconexión y contempla compensaciones en caso de incumplimiento.
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