El 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago condenó a la Clínica Las Condes (CLC) a pagar una multa de 20 UTM y realizar revisiones periódicas a la flota de ambulancias, luego de una demanda interpuesta por sus funcionarios.
En específico, el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Clínica Las Condes y el Sindicato de Enfermeros de Urgencia y Rescate Empresa de Servicios de Salud Integrados acusaron malas condiciones de seguridad en las ambulancias de las sedes Estoril, Chicureo y Peñalolén.
Asimismo, apuntaron a un "coercitivo ambiente laboral en el que deben desempeñar sus funciones tanto el personal que brinda prestaciones de salud como las tripulaciones de las ambulancias del área de urgencia y rescate". Sin embargo, esto fue desestimado por el tribunal.
Acorde al fallo, la clínica incumplió la garantía constitucional del artículo 19 N° 1 de la Constitución Política de la República, pues no implementó todas las medidas necesarias para proteger la vida e integridad física y psíquica de los trabajadores que utilizan la ambulancia.
En vista de lo anterior, el recinto deberá "efectuar a su costa y a cargo de un taller concesionario de las respectivas marcas de las diferentes ambulancias una exhaustiva revisión de todos los vehículos que conforman la flota de ambulancias autorizadas para su funcionamiento".
Asimismo, tendrán que velar por "la elección de talleres para las mantenciones y/o reparaciones de las ambulancias respecto de los cuales no existan conflictos de intereses con los accionistas y directores de las mismas y Jefe Técnico designado para fiscalizar el funcionamiento de las ambulancias".
El dictamen también detalla que "prueba del deplorable estado de las ambulancias son las fotografías incorporadas por la denunciante, donde se aprecia el interior de una ambulancia en el habitáculo sanitario, la parte inferior de las ambulancias donde se aprecia oxidación y corrosión y dos fotografías que muestran el paquete de resortes de una de ellas que muestra la hoja cortada y colgando".
"Muchas de estas fotografías muestran el color amarillo y algunas de las letras que conforman el nombre Las Condes, y no hay antecedente fidedigno alguno para entender que se ha corrompido el principio de la buena fe de las partes incorporando fotos ajenas a los hechos, sobre todo cuando lo que se busca proteger es la vida e integridad física de los denunciantes", suma el texto.
Según indicó la jueza Claudia Hermosilla "resulta claro que producto de la situación constatada en los vehículos, calentamiento de batería y estado de neumáticos, pueden producir accidentes que vulneren o pongan en peligro la vida e integridad física y psíquica de quienes han de conducir los mismos o ser parte de la tripulación".
En tanto, Michael Díaz, enfermero de Urgencias y presidente del Sindicato de Enfermeros de Urgencia y Rescate Empresa de Servicios de Salud Integrados acotó que "lo que se busca es que la empresa se haga responsable de lo que por mandato legal, e incluso Constitucional, le toca cumplir y que se ponga freno al maltrato recibido por nuestros trabajadores quienes no sólo deben cumplir con sus labores en condiciones que ponen en riesgo su vida y la de los pacientes que atienden, sino que, además, está el constante temor de ser despedidos por el simple hecho de pedir condiciones seguras".
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