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Ley Uber: Gobierno reingresó reglamento por tercera vez y espera su aprobación

El documento especifica que solamente podrán inscribirse como conductores quienes cuenten con licencia profesional vigente, además de presentar certificado de antecedentes y fotografía.

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  • Diario Usach

  • Jueves 3 de abril de 2025 - 09:04

A dos años de su promulgación, la conocida Ley Uber (Ley 21.553 sobre Empresas de Aplicaciones de Transporte, EAT) sigue sin entrar en vigor. Esta semana, el Ministerio de Transportes reingresó por tercera vez el reglamento que permitirá la implementación de la normativa, en medio de tensiones con las empresas del rubro y cuestionamientos sobre el alcance de las nuevas exigencias.

Según diario La Tercera, el viernes pasado, el MTT volvió a presentar el texto ante la Contraloría General de la República, con ajustes que, según el Ejecutivo, buscan flexibilizar algunos de los aspectos más criticados de versiones anteriores. “El viernes pasado reingresamos el reglamento y esperamos que en los próximos días salga ya con toma de razón”, señaló el ministro Juan Carlos Muñoz. “Muchas veces se nos cuestionó por qué estábamos llevando adelante este proceso y la respuesta es simple: las empresas de aplicación transportan personas y nuestra tarea como Estado es cuidar de ellas”, enfatizó. El objetivo, dijo, es “imponer condiciones de seguridad y calidad a las empresas en beneficio de los usuarios”.

El nuevo reglamento, que contempla 46 artículos, establece la creación de un Registro Nacional de EAT bajo responsabilidad de la Subsecretaría de Transportes. Este registro será subdividido por regiones y deberá incluir a las empresas, conductores y vehículos. El documento especifica que solamente podrán inscribirse como conductores quienes cuenten con licencia profesional vigente, además de presentar certificado de antecedentes y fotografía.


Uno de los cambios más notables es que se elimina el límite de tres conductores por vehículo y se permite que cada persona registre hasta dos autos a su nombre. Además, todos los vehículos deberán pasar una inspección visual en una planta de revisión técnica, contar con un distintivo visible (tipo sticker) y el conductor deberá portar un código QR con su información personal, fotografía y la app en la que trabaja.

En cuanto a los autos, el reglamento fija que en su primera inscripción no deben superar un año de antigüedad. Estos podrán ser reemplazados por vehículos de hasta tres años, y el tope de antigüedad para seguir operando será de 12 años.

El reglamento también exige a las plataformas contar con un SOAP y un seguro adicional de al menos 500 UF por vehículo para cubrir responsabilidad civil y pérdida total.

Por su parte, las aplicaciones deberán informar a los usuarios, al aceptar un viaje, los detalles del conductor, vehículo, ruta propuesta y tarifa. Asimismo, tendrán que poner a disposición del ministerio datos clave del viaje, como duración, destinos y horarios. Los conductores no podrán aceptar nuevos trayectos mientras estén trasladando a un pasajero.

Sin embargo, desde Alianza In, gremio que agrupa a empresas de transporte y delivery liderado por la exsenadora Marcela Sabat, insisten en que el reglamento mantiene “los mismos problemas” que versiones anteriores. “Tal como lo anticipamos, no se trataba de un problema de forma… existía un problema de fondo y eso queda refrendado en las palabras del ministro Muñoz”, señaló Sabat. Añadió que el reglamento “no tiene modificaciones sustanciales” y advierte posibles impactos negativos en el empleo.

“El ministerio insiste en que los conductores representan un número menor a 100 mil. Hasta el día de hoy no sólo no se nos ha solicitado información, sino que cuando se ha hecho mención a nuestros números, el ministerio insiste en basarse en las cifras de la encuesta de empleo”, concluyó.

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