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Odecu llama a que afectados por herbicida cancerígeno se adhieran a demanda

Según el organismo, el daño del producto denominado Roundup constituye una infracción a los deberes del proveedor en el contexto de la Ley de Protección del Consumidor.

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  • Diario Usach

  • Jueves 17 de febrero de 2022 - 18:01

La Organización de Consumidores y Usuarios de Chile (Odecu) hizo un llamado para que los potenciales afectados por el efecto cancerígeno del herbicida Roundup se unan a la demanda colectiva realizada por el organismo, luego de que la acción legal fuera admitida por el 22° Juzgado Civil de Santiago.

Según los argumentos legales de Odecu, el daño causado “proviene del lento 'envenenamiento cancerígeno' producido por el glifosato y los productos químicos del Roundup, que es elaborado por Bayer y distribuido y comercializado en Chile por Bayer Chile S.A. y Arysta LifeScience S.A., y sufrido por los trabajadores, consumidores y usuarios expuestos al Roundup. Dicho daño tiene asimismo su origen en una conducta que constituye infracción a los deberes del proveedor en el contexto de la Ley de Protección de Derechos del Consumidor chilena, de ahí la pertinencia de la presente acción en defensa del interés difuso de los consumidores”.

De acuerdo con el presidente de ODECU, Stefan Larenas, “los afectados por el herbicida Roundup en Chile tienen los mismos derechos a justicia y compensación que quienes fueron expuestos en Estados Unidos o Europa, donde Bayer ya reconoció judicialmente su responsabilidad, como sucesora de Monsanto”.

El Glifosato (comercializado por Bayer como Roundup) es de uso masivo en los cultivos agrícolas de nuestro país. La prevalencia de cáncer gástrico y de tiroides, que son los más asociados al uso del Glifosato, es significativamente mayor en las zonas donde se usa el químico como herbicida. Dada esta realidad, es posible que exista una relación causal, como la que comprobaron los tribunales norteamericanos en sus fallos relacionados con este tema, y que la propia empresa quiso superar logrando el acuerdo compensatorio con los miles de afectados en ese país. Ante estos antecedentes, la autoridad agrícola y sanitaria chilena decretó la prohibición de importación del Roundup, pero no la comercialización de los stocks aún existentes en el país.

Ante esta realidad, Odecu demandó la compensación por los perjuicios a la salud causados por el herbicida de Bayer, a través del pago de 100 millones de pesos por el daño físico y 100 millones por el daño moral, para cada uno de los enfermos que padezcan alguno de los tipos de cáncer asociados al Roundup y que pudiesen haber sido expuestos a ese agente químico.

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