La ministra del Medio Ambiente, Maisa Rojas, el ministro de Transportes, Juan Carlos Muñoz, y la Delegada Presidencial RM, Constanza Martínez, anunciaron el comienzo de la Gestión de Episodios Críticos (GEC) para la Región Metropolitana, que se extenderá entre el 1 de mayo y el 31 de agosto, y que permite tomar medidas como la restricción vehicular, la prohibición de calefactores a leña en toda la región o la paralización de industrias que no cumplan con su plan de reducción de emisiones, para reducir la contaminación atmosférica ante pronósticos de mala ventilación.
La GEC forma parte del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) para la Región Metropolitana de Santiago, cuyo objetivo es dar cumplimiento a las Normas Primarias de Calidad Ambiental de Aire vigentes, asociadas a los contaminantes de Material Particulado Respirable MP10, Material Particulado Fino Respirable MP2,5, Ozono (O3) y Monóxido de Carbono (CO).
La ministra Maisa Rojas comentó que “la aplicación de los planes de descontaminación son una política de Estado que, en el caso de la Región Metropolitana, ha permitido disminuir el material particulado 2,5 -el más dañino para la salud de las personas- en un 70% desde la década de los 90 a la fecha. En este invierno, con una situación meteorológica desafiante, todos los actores debemos esforzarnos por cumplir las medidas que nos permitirán respirar un aire más limpio”.
Las principales fuentes de emisiones de contaminantes en la RM, en un año normal, son el Transporte (39%) (que se divide en maquinaria 20% y automóviles 19%), Leña (38%) e Industria (15%), por ello el PPDA considera medidas estructurales y de largo plazo para estas fuentes, y de corto plazo a través de la GEC para prevenir la exposición innecesaria de la población a altos niveles de Material Particulado Fino, durante los 4 meses en que las condiciones de ventilación son las más adversas en la cuenca de Santiago.
LAS MEDIDAS
Durante el período GEC se establecen medidas permanentes para toda la RM. Se trata de la prohibición de circulación dentro del anillo de Américo Vespucio para vehículos con sello verde, y la prohibición de entrada al anillo Américo Vespucio a todo vehículo sin sello verde.
Desde el Ministerio de Transportes se informó que el calendario 2022 de la Restricción Vehicular establece que la medida comenzará a aplicarse el lunes 2 de mayo con los dígitos 0 y 1, seguirá el martes con 2 y 3, miércoles 4 y 5, jueves 6 y 7 y viernes 8 y 9. El horario de prohibición es desde las 07:30 hasta las 9 de la noche.
La medida se extenderá entre los meses de mayo y agosto y prohíbe la circulación diaria de vehículos motorizados, dependiendo de su año de fabricación y tipo. En caso de decretarse episodios altos de contaminación ambiental -como Alerta Ambiental, Premergencia Ambiental y Emergencia Ambiental- se sumarán dígitos a la prohibición de circular.
Otras medidas permanentes son la prohibición del uso de calefactores a leña en toda la Provincia de Santiago y las comunas de San Bernardo y Puente, exceptuando las que usan pellets. Además, se prohíben las Quemas Agrícolas entre el 15 de marzo y el 15 de septiembre.
Cuando se decreta algún episodio crítico -que puede ser Alerta, Preemergencia o Emergencia- se suman medidas como el reforzamiento del Plan de Aspirado y Lavado de calles, la intensificación de las fiscalizaciones al transporte, calefactores a leña e industrias, y se hacen sugerencias para modificar las clases de Educación Física en los Establecimientos Educacionales.
Asimismo, en episodio de Alerta se extiende la prohibición del uso de calefactores a leña a toda la Región Metropolitana, excepto pellets. En Preemergencia, la prohibición de uso de calefactores a leña en toda la RM incluye los pellets, además aumentan los dígitos de Restricción Vehicular y paralizan las fuentes industriales correspondientes a Grandes Establecimientos que no cumplan con la reducción de sus metas anuales.
Hasta el período GEC 2021, las fuentes estacionarias industriales eran fiscalizadas por la SEREMI de Salud RM y la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), pero a contar de este 2022, al cumplirse los plazos establecidos por el PPDA para el cumplimiento de las metas de reducción de emisiones de material particulado para los denominados “Grandes Establecimientos”, le corresponderá la fiscalización a la Superintendencia del Medio Ambiente.
Las Multas por incumplimiento oscilan entre 1 Unidad Tributaria Anual (UTA) y 10.000 UTA. El valor de 1 UTA al mes de abril es de $668.448.
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