El Servicio de Impuestos Internos registró un total de 212 cambios de domicilios tributarios de altos patrimonios al exterior, lo que triplica las cifras anteriores. El SII considera altos patrimonios los que exceden las 6.000 UTA, esto es unos US$5 millones.
La información aparece hoy en La Tercera, que consigna que noviembre de 2021, el SII normó el procedimiento de solicitud de cambio de domicilio por lo que se puede determinar con más certeza quienes son los contribuyentes que inician este proceso.
Eso coincidió con la discusión del proyecto de reforma tributaria, el cual fijaba un impuesto para los altos patrimonios. A este nuevo tributo quedaríann sujetas las personas naturales con domicilio o residencia en Chile, por su patrimonio, tanto en el país como en el extranjero, que exceda las 6.000 UTA, esto es unos US$5 millones.
El diseño consideraba un esquema de tramos y tasas marginales: entre US$4,9 millones a US$ 14,7 millones se les iba a aplicar una tasa del 1% y más de US$ 14,7 millones tendrían una tasa del 1,8%. Así, 6.300 eran las personas que se encontrarán gravadas con este impuesto. La recaudación esperada era del 0,5% del PIB.
Finalmente, la reforma tributaria se rechazó y el gobierno no insistirá con ese gravamen en este nuevo proceso de pacto tributario.
SE TRIPLICARON
Pese a ello, las cifras muestran un aumento en las solicitudes de cambio de dominio. De acuerdo con el SII, entre noviembre de 2021 a agosto de 2022 eran 13 contribuyentes de altos patrimonios, luego entre agosto de 2022 y enero de 2023 subió a 35, totalizando en ese período 48 procesos de cambio de domicilio tributario.
Ahora, entre febrero y septiembre de este año se sumaron 164, con lo que el total llega a 212 desde el inicio de la medida. Así, en estos 8 meses de 2023 más que se triplicaron los procesos de cambio de domicilio tributario.
En suma, desde noviembre de 2021 a septiembre de 2023, un total de 700 contribuyentes han iniciado este proceso. De ellos, 212 son Altos Patrimonios, mientras que 488 de otros segmentos.
Desde el SII aclaran que técnicamente los contribuyentes no hacen una solicitud de cambio de domicilio, sino que es un aviso a la Administración Tributaria de la aplicación del art. 103 de la LIR, que es un proceso de declaración de impuestos mediante la cual el contribuyente que prevé perderá su domicilio o residencia debe declarar el Impuesto Global Complementario devengado antes de ausentarse del país.
LAS RAZONES
Los expertos tributaristas afirman que existen al menos tres razones para que las personas y en especial los que son de altos patrimonios mantengan la decisión de cambiar de domicilio tributario.
Uno es el tema impositivo y la incertidumbre aún abierta en ese sentido, y el segundo tema que mencionan es la seguridad ciudadana y como tercer factor es el tema político constitucional, que más allá de la opción que se imponga el próximo domingo, el debate podría mantenerse abierto.
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