El Senado aprobó y despachó a la Cámara de Diputados el proyecto que introduce la calificación jurídica de ausente por desaparición forzada y crea un registro especial.
No obstante, durante las solicitudes de votación separada, la norma que otorgaba facultades administrativas a la Subsecretaría de Derechos Humanos, para incluir casos en el registro especial, no alcanzó los votos necesarios.
Los senadores Francisco Chahuán y Rodrigo Galilea, fueron los encargados de dar cuenta ante la Sala de los informes de las Comisiones de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía y de Hacienda, respectivamente. Mientras que, desde las tribunas, el debate fue seguido por representantes y dirigentes de organizaciones de derechos humanos.
La iniciativa tiene como objetivo reconocer jurídicamente a las víctimas de desaparición forzada durante el periodo que va entre septiembre de 1973 y marzo de 1990 , con el fin de simplificar varios trámites que deben realizar los familiares de éstas.
Entre los argumentos a favor senadoras y senadores recalcaron que la iniciativa apunta a zanjar “una deuda histórica pendiente con las víctimas de desapariciones forzadas tras más de 50 años del golpe”.
La iniciativa establece la calidad jurídica de persona ausente por desaparición forzada a las víctimas de la dictadura cívico-militar correspondiente al período comprendido entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990.
Explicaron que para cumplir este objetivo, “se crea un registro público y gratuito a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación. La inclusión en dicho registro, en caso alguno, podrá generar compensaciones económicas”.
El texto establece “el reconocimiento del Estado de Chile de que la persona fue víctima de alguna forma de privación de libertad obra de agentes del Estado o de personas o grupos de personas que hayan actuado con su autorización o aquiescencia, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola de la protección de la ley, durante el período comprendido entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990.
Se trata, principalmente, de aquellas personas que figuren en los siguientes instrumentos y los que determinen los fallos judiciales:
1) Informes de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación.
2) Informe de la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación.
3) Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura.
4) Informe de la Comisión Asesora para la Calificación de Detenidos Desaparecidos, Ejecutados Políticos y Víctimas de Prisión Política y Tortura".
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