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Sistema frontal: Dirección del Trabajo hace llamado a respetar derechos laborales de las y los trabajadores

Empresas no pueden despedir ni hacer descuentos a trabajadores que se vean afectados por el temporal, o que se vean imposibilitados de asistir a sus labores. Además, las compañías deben suspender las labores si se generan condiciones de inseguridad.

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  • Diario Usach

  • Miércoles 12 de junio de 2024 - 15:45

Diversos meteorólogos señalan que el nuevo sistema frontal que comenzará este miércoles en la zona centro sur del país dejará cerca de 80 milímetros de agua en 24 horas. Por esta razón, las autoridades de Gobierno suspendieron las clases en las regiones de Coquimbo, Valparaíso, Región Metropolitana y O'Higgins. 

Debido a las intensas lluvias, y los fuertes vientos, son muchas las instituciones y empresas que darán teletrabajo a las y los trabajadores, debido a las dificultades que pueden existir camino al trabajo, o en el mismo lugar donde debe estar el trabajador.

Debido a las dificultades climatológicas, desde la Dirección del Trabajo hicieron un llamado a respetar derechos laborales de las y los trabajadores.

El organismo señaló que las empresas no pueden despedir ni hacer descuentos a trabajadores que se vean afectados por el temporal, o que se vean imposibilitados de asistir a sus labores. Además, las compañías deben suspender las labores si se generan condiciones de inseguridad.

La autoridad fiscalizadora indicó que el Código del Trabajo y el Decreto Supremo N° 594 del Ministerio de Salud contienen artículos que protegen a trabajadores y trabajadoras enfrentados a situaciones imprevisibles e irresistibles -como este sistema frontal- que les impiden cumplir normalmente con sus funciones.

La Dirección del Trabajo detalló en sus redes sociales que los centros de trabajo afectados por la interrupción del suministro de agua potable no pueden seguir funcionando hasta que dicho servicio sea repuesto. La misma situación se presenta en caso de cortes de energía eléctrica que afecten la provisión de agua potable o que genere condiciones de inseguridad para la vida o la salud de trabajadores y trabajadoras. En ambos casos el empleador/a deberá avisar a la Inspección del Trabajo correspondiente.

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