El 22° Juzgado Civil de Santiago rebajó la multa aplicada por el Instituto de Salud Pública en contra del laboratorio Andrómaco por mala fabricación de anticonceptivos, tras considerar que es desproporcionada. En la sentencia, la jueza María Cecilia Morales Lacoste consideró que se debe rebajar la sanción en un 50%.
En el fallo, se establece que "sin perjuicio que la sanción pecuniaria impuesta se encuentra en el marco que el legislador autoriza, lo cierto es que conforme al mérito de autos, consta que en el Acta Inspectiva de 07 de Enero de 2021, que esa fiscalización se efectúa a propósito de haberse autodenunciado el sumariado, efectuando el retiro voluntario de los productos farmacéuticos MINIGEST-15, lo que fue conocido por la autoridad sanitaria mediante correos electrónicos de fecha 30 de septiembre de 2020, que fueron enviados por el propio Laboratorio Andrómaco S.A.".
"Es decir, al saber el sumariado la deficiencia que presentó el producto, que se indica en el acta se habría producido por el cambio en el proceso productivo a uno automatizado, inmediatamente tomó las medidas necesarias para evitar la comercialización del mismo, evitando causar daño, y por consiguiente implica que no había una negligencia o mala fe en su actuar, lo que conforme al mérito del proceso sancionatorio administrativo, no fue reconocido, ni recogido al momento de la imposición de la multa, infringiendo según esta magistratura con el principio de la proporcionalidad, al haberse aplicado sin dar sustento de la extensión de su regulación, no resultando plausible que quede simplemente al arbitrio de la autoridad administrativa", añade.
También consigna que "es menester tener en consideración que las reclamantes han invocado la ausencia de culpa o dolo, en cuanto requisitos ineludibles de la responsabilidad administrativa, precisando que lo que dio origen al defecto denunciado se debió a modificaciones que realizó Andrómaco, en relación al lugar físico de producción, manteniendo todo el resto de condiciones, lo que produjo una variación leve en los lotes de productos, lo que para ellos se trataría de una situación una situación inusual y no prevista, lo que no ha sido desconocido por la autoridad administrativa. En consecuencia, se accederá a petición subsidiaria en la rebaja de las multas impuestas, reduciéndose éstas en un 50% cada una”.
En 2020, tras detectar un problema de calidad en los anticonceptivos Minigest-15 y Minigest-20, el Instituto de Salud Pública (ISP) notificó el retiro voluntario de ambos en el mercado, esto, debido a que se develó una menor cantidad de principios activos que la declarada en los registros, además, se informó la suspensión temporal por parte de Laboratorio Andrómaco S.A, quien elabora y distribuye los medicamentos.
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