La Corte Suprema confirmó las sentencias contra tres carabineros en retiro por su responsabilidad en los delitos de secuestro con grave daño (violaciones y abusos sexuales) de Ana María Campillo Bastidas y Patricia del Carmen Herrera Escobar, quienes fueron sometidas a torturas en los subterráneos de la Plaza de la Constitución en 1974.
En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros y ministras Haroldo Brito, Jorge Dahm, María Teresa Letelier, Eliana Quezada y el abogado (i) Diego Munita– confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que condenó a Manuel Agustín Muñoz Gamboa a 10 años y un día de presidio, en calidad de autor de los delitos; y a Francisco Illanes Miranda, Winston Cruces Martínez, Ernesto Lobos Gálvez, Sabino Roco Olguín y José Alvarado Alvarado a penas de 5 años y un día de presidio como cómplices.
La Corte Suprema descartó los recursos de casación presentados por los condenados, tras establecer que Campillo Bastidas y Herrera Escobar fueron víctimas de crímenes de lesa humanidad en el marco de una política de ataque generalizado o sistemático en contra una población civil.
En el fallo de primera instancia, el ministro en visita Mario Carroza dio por establecido que la Sección Servicio de Inteligencia de la Secretaría General de la Dirección General de Carabineros (Sicar) detuvo a las víctimas, ambas militantes del Partido Socialista, y las condujo al conocido cuartel N°1, llamado "El Hoyo", ubicado en el subterráneo de la Plaza de la Constitución.
La resolución consigna que "durante el tiempo de cautiverio en el referido recinto, Ana María Campillo y Patricia Herrera permanecieron con la vista vendada, esposadas y estuvieron sometidas a condiciones de extrema indefensión, mediante sucesivos interrogatorios y reiterados atentados contra su integridad sexual, ya que fueron violadas y abusadas sexualmente en el recinto de sus secuestradores, los funcionarios del Sicar”.
En sentencia de segunda instancia, la Corte de Apelaciones de Santiago unificó la condena impuesta a Sáez Mardones, con la de presidio perpetuo que cumple por su responsabilidad en otros casos de violaciones a los derechos humanos.
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