Por 95 votos a favor, 16 en contra y 22 abstenciones, la Cámara de Diputados y Diputadas aprobó una reforma a la Constitución que permite extender por hasta 30 días los estados de excepción constitucionales de emergencia.
Tras respaldarse en los mismos términos que en el Senado, el texto pasó a consideración del Ejecutivo para su promulgación como ley de la República.
El Presidente de la República podrá apelar a esta opción a contar de la sexta prórroga sucesiva. En todo caso, al igual que la norma común que define periodos de quince días, se requerirá del acuerdo del Congreso Nacional.
Una vez decretada la prórroga en la forma señalada, el Ejecutivo estará obligado a informar al Parlamento de las medidas adoptadas cada quince días. Ello se realizará mediante un informe escrito, dirigido a ambas cámaras.
Con todo, una vez autorizada la prórroga, el Congreso Nacional podrá revocar el acuerdo. Para ello se requerirá de la mayoría absoluta de los senadores y diputados en ejercicio. La solicitud de revocación, en tanto, deberá ser pedida por la cuarta parte de los diputados o senadores en ejercicio.
Finalmente, se define que, si al publicarse la presente reforma constitucional se encuentra vigente la prórroga de un estado de excepción constitucional de emergencia, que hubiese sido ya prolongada en más de seis oportunidades, se entenderá que dicha prórroga regirá por treinta días.
FUNDAMENTOS
La moción que dio origen al presente proyecto observa que, en el último tiempo, se ha requerido de sucesivas prórrogas de los estados de excepción de emergencia para garantizar la seguridad de las personas, por ejemplo, en la macrozona sur.
Se estima que prórrogas por plazos más amplios permitirían un despliegue más estable de las capacidades del Estado. Asimismo, posibilitarían una planificación estratégica con mayor capacidad de anticipación.
Por otra parte, se resalta que la reforma, igualmente, posibilita un efectivo control democrático. Para ello se mantienen los informes quincenales y la posibilidad de revocar la medida por parte del Congreso Nacional.
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