La Tercera Sala de la Corte Suprema rechazó los distintos recursos que interpusieron las isapres respecto de la sentencia que dictó ese máximo tribunal y que dejó sin efecto la última alza de precios que estas hicieron por las Garantías Explícitas en Salud (GES).
Según informa hoy La Tercera, las isapres Banmédica y Vida Tres habían interpuesto recursos de aclaración, rectificación o enmienda, mientras que las isapres Colmena, Consalud y Cruz Blanca optaron por interponer incidentes de nulidad, y pidieron que ello no fuera resuelto por los ministros de la Tercera Sala que emitieron la sentencia original, ya que consideraban que estos debían inhabilitarse.
Sin embargo, ninguna de esas dos vías dio frutos para las aseguradoras de salud privadas, ya que en el caso de Vida Tres y Banmédica, la Tercera Sala de la Suprema definió el pasado 25 de octubre que, “por no existir puntos dudosos u obscuros que aclarar, no ha lugar”.
En paralelo, respecto de los incidentes de nulidad procesal que presentaron las tres isapres restantes, la misma Tercera Sala definió al día siguiente, el 26 de octubre, que “ha de ser rechazado por improcedente, puesto que se pretende impugnar, por esta vía, una materia contenida en un fallo ejecutoriado que no puede ser objeto de revisión por razones que pueden constituir recursos jurisdiccionales, y, menos aún, aduciéndose vicios de nulidad procesal cuyas causales no se explican como tales, como tampoco se hallan en el libelo pretensor”.
Esto ocurre luego de la importante derrota que sufrieron en agosto las isapres en la Corte Suprema, luego de que se publicara el fallo del precio por las GES, cuyo reajuste se realiza cada tres años, y que fue el motivo por el cual los afiliados han recurrido a las cortes de Apelaciones para dejar sin efecto dichas alzas.
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