El Senado despachó a ley el proyecto que tipifica el delito de tenencia de elementos tecnológicos que permitan a las personas privadas de libertad comunicarse con el exterior.
La Sala de la Cámara Alta aprobó con 40 votos a favor la iniciativa originada en una moción de los senadores Luz Ebensperger, Ximena Rincón, Pedro Araya, Felipe Kast y Matías Walker.
De esta forma, el proyecto fue despachado del Parlamento y quedó en condiciones de ser enviado al Presidente Gabriel Boric para su firma y promulgación.
En concreto, la norma establece penas de hasta tres años a quienes sean sorprendidos con la tenencia de estos celulares, chips o aparatos tecnológicos no autorizados al interior de los recintos penitenciarios.
"El que, encontrándose privado de libertad en un establecimiento penitenciario, tuviere en su poder cualquiera de los elementos señalados en el artículo anterior, sin estar legal o reglamentariamente autorizado al efecto, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio", indica la modificación al Código Penal.
Además, contempla sanciones para los funcionarios públicos que estando en conocimiento de ello, no realicen la denuncia respectiva.
"El funcionario público que, teniendo conocimiento de la existencia al interior de un establecimiento penitenciario de cualquiera de los elementos señalados en el artículo anterior, omitiere denunciar el hecho a la autoridad competente, será sancionado con presidio menor en su grado mínimo y suspensión en su grado mínimo a inhabilitación absoluta temporal en cualquiera de sus grados para el ejercicio del cargo u oficio", se detalla.
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