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¿Y si no llego a acuerdo con mi empleador?: Experta aclara dudas sobre la ley de 40 horas

Ante las dudas que aún existe sobre su implementación, el programa Sin Pretexto conversó con Lilia Jerez, académica de la Facultad de Derecho de la Usach y ex directora del Trabajo, quien analizó los alcances de esta nueva etapa de la normativa y los desafíos que implica su implementación para empleadores y trabajadores.

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  • Equipo TV Usach

  • Miércoles 13 de mayo de 2026 - 13:56

A partir del  domingo 26 de abril comenzó a regir una nueva etapa de la ley 40 horas en Chile, reduciendo la jornada laboral semanal de 44 a 42 horas. Esta normativa,que fue  impulsada durante el gobierno de Gabriel Boric, busca que se implemente de forma gradual que terminará por culminar en 2028, cuando la jornada alcance las 40 horas semanales.

Esta medida beneficia a las y los trabajadores del sector privado que se encuentran regidos por el Código del Trabajo. Establece que la reducción horaria debe ser acordada entre empleador y trabajador. En los casos en que no exista acuerdo, la Dirección del Trabajo definió criterios específicos para aplicar la rebaja, según la distribución de la jornada semanal. 

Ante las dudas que aún existe sobre su implementación, el programa Sin Pretexto conversó con Lilia Jerez, académica de la Facultad de Derecho de la Usach y ex directora del Trabajo, quien analizó los alcances de esta nueva etapa de la normativa y los desafíos que implica su implementación para empleadores y trabajadores. 

“Los contratos de trabajo se modifican de mutuo acuerdo, el cambio de la jornada de trabajo también tiene que ser es de mutuo acuerdo” Afirmó Lilia Jerez.

También añadió que “primero está el acuerdo con los sindicatos, (...) mientras no se firme el contrato o la propuesta nexo modificatoria por parte del trabajador, rige lo que está hasta ese momento. Entonces si ahí el empleador quisiese en el fondo obligar a firmar, el trabajador está en todo su derecho a recurrir a la Dirección del Trabajo, porque no se le puede imponer una modificación al contrato de trabajo sin su voluntad”.

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