A pocos días de la elección presidencial y parlamentaria del próximo 16 de noviembre, el Servicio Electoral de Chile (Servel) ya publicó la lista de vocales de mesa que deberán prestar sus servicios en dicha jornada.
Por ley, la labor de vocal de mesa es obligatoria y quienes hayan resultado sorteados para ejercer dicha función recibirán una remuneración aproximada de $26 mil pesos (dos tercios de Unidad de Fomento). Ahora, las personas que no cumplan con la tarea asignada se exponen a multas que van desde las 2 a las 8 UTM (entre $138.00 y $554.000 aproximadamente).
RAZONES PARA EXCUSARSE Y DÓNDE HACERLO
Como ya es común para estos eventos, a través de su sitio web, el Servel informó el mecanismo y las razones aceptadas para establecer una excusa por la imposibilidad de participar como vocal de mesa. Ese trámite podrá ser realizado ante la Junta Electoral correspondiente del interesado o interesada, ya sea de manera presencial o a través de correo electrónico. El plazo para la realización del trámite va desde este lunes 27 al miércoles 29 de octubre.

La Ley 18.700 estable que algunos de los motivos para excusarse son los siguientes:
Haber sido designado o designada miembro de Colegio Escrutador o tener alguna de las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la misma ley, que son las siguientes:
Candidatos en la elección.
Sus cónyuges y sus parientes consanguíneos o afines en toda la línea recta y en la colateral hasta el segundo grado inclusive.
Las personas que desempeñen cargos de representación popular.
Las personas a cargo de trabajos electorales.
Los ministros de Estado, subsecretarios, delegados presidenciales regionales, delegados presidenciales provinciales, gobernadores regionales y consejeros regionales; los embajadores y cónsules de Chile.
Los magistrados de los tribunales superiores de justicia, los jueces que forman parte del Poder Judicial y los de Policía Local.
Fiscales del Ministerio Público; jefes superiores de servicio y secretarios regionales ministeriales; el Contralor General de la República ni los miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública en servicio activo.
Personas extranjeras, no videntes o analfabetas.
Personas que hayan sufrido condena por delitos contemplados en cualquiera de las leyes que regulan el sistema electoral público.
Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de trescientos kilómetros de su local de votación.
Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las mesas, otras funciones que encomiende esta ley.
Tener más de 70 años de edad.
Estar física o mentalmente imposibilitado o imposibilitada de ejercer la función, situación acreditada con certificado de un médico.
Cumplir labores en establecimientos hospitalarios el día de la elección.
Gestantes durante todo el período de embarazo. También el padre o madre de un hijo o hija menor de dos años.
Estar al cuidado de adultos mayores en situación de dependencia o de personas en situación de discapacidad.
Además, cada una de estas excusas deben estar respaldadas con la documentación correspondiente ante la Junta Electoral.

A su vez, una vez terminado el proceso, el Servel publicará la lista definitiva de vocales de mesa el próximo sábado 1 de noviembre (en donde aparecerán las personas designadas como reemplazantes).
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