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Fiscalía redujo de 1.386 a 299 los casos imputados a Yáñez, Rozas y Olate durante el estallido social

Los hechos fueron acotados a las situaciones más graves. Durante esta jornada, la fiscalía seguirá exponiendo casos de personas lesionadas.

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  • Diario Usach

  • Miércoles 2 de octubre de 2024 - 09:41

Este miércoles continuará la audiencia de formalización contra los generales (r) de Carabineros Ricardo Yáñez, Mario Rozas y Diego Olate, imputados por el delito omisivo de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves y homicidio por hechos ocurridos en 2019 y 2020 en contra de civiles.

En la audiencia de ayer, la Fiscalía Metropolitana Centro Norte redujo los hechos imputados de 1.386 a tan solo 299, acotándolos a los episodios más graves de violaciones de derechos humanos durante el estallido social.

Durante la primera jornada de formalización, la fiscal Ximena Chong detalló 139 de los 229 casos imputados a la excúpula de Carabineros al momento de los hechos. Rozas era general director, Olate el general subdirector y Yáñez el director nacional de Orden y Seguridad.

El primer caso presentado fue el de Freddy Prats, quien quedó ciego tras ser impactado por una lacrimógena en el Parque Almagro, en la comuna de Santiago. También se expondrán los casos emblemáticos de Gustavo Gatica (caso 111) y la senadora Fabiola Campillai (víctima 188), quien también perdieron la visión producto de escopetazos de Carabineros.


Hoy, la Fiscalía continuará exponiendo el listado de personas lesionadas. Tras la lectura de cargos, el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, donde se desarrolla la formalización, decretará un receso de siete días para que los nuevos abogados de Yáñez preparen su defensa debido a la enfermedad de su defensor inicial.

LA CONDUCTA OMISIVA

De acuerdo a la ley, la conducta omisiva tiene la misma pena que la activa, y dependiendo de la cantidad de casos imputados puede llegar a presidio perpetuo simple, es decir, un mínimo de 20 años de cárcel antes de recibir cualquier beneficio penitenciario.

En cada caso de apremio o tortura omitido, la fiscalía debe probar que los imputados estaban en conocimiento de que se cometió el delito por parte de un sujeto activo y teniendo la autoridad y estando en posición para hacerlo, no hicieron nada para cesar la aplicación de esos apremios y torturas.

La investigación se inició tras una querella del centro de memoria Londres 38, la Asociación de Abogadas Feministas (Abofem), el Centro de Estudiantes de la Facultad de Derecho de la U. de Chile, el activista Luis Mariano Rendón y el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH).

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