"Le agredecemos su visita a Chile en este momento tan difícil. Creemos que usted tendrá un mensaje para que los poderosos dejen el orgullo, el egoísmo y nos dejen de matar en las poblaciones y nos traten como hermanos de verdad. Y para nosotros pobladores tendrá palabras de esperanza y unidad para poder construir un Chile, con justicia y libertad, donde todos seamos hermanos".
Esas palabras fueron parte del discurso que dio Mario Mejías Huircán, un poblador de Lo Hermida de Peñalolén que se subió al escenario en la visita del Papa Juan Pablo II a Chile, realizada el 2 de abril de 1987.
Pocos días después, el 1 de mayo de 1987, Mario Mejías Huircán fue secuestrado y torturado el 1 de mayo de 1987, en represalia por su intervención. Además, el 23 de noviembre de 1989 fue detenido por Carabineros y permaneció privado de libertad por 34 días por orden la fiscalía militar.
Esta jornada, y luego de 37 años, el 17° Juzgado de Garantía de Santiago ordenó al Estado de Chile indemnizar con 50 millones de pesos, por concepto de daño moral. En el fallo se lee sobre el secuestro y tortura que "ingresaron sujetos presuntamente agentes de represión, siendo golpeado severamente, fue trasladado en un vehículo hasta un sitio eriazo en la comuna de Conchalí, para ser abandonado, provocándole lesiones en su rostro y cuerpo, de diversa gravedad, por lo que fue trasladado a la Posta Central".
La resolución agrega: “Que si bien, la privación de libertad por 34 días se produjo al alero de un proceso seguido en justicia militar, cuya validez y legitimidad no ha sido impugnada ni declarada, de la concatenación de los hechos parece dable presumir que la detención y posterior prisión fue parte de una serie de actos de persecución y represión en contra del actor, cuyo origen se remonta a la intervención que tuvo el sr. Mejías al dar un testimonio en un discurso en un acto público ante el Papa, en su visita oficial en el año 1987, hecho público por todos conocido”.
En tanto, la magistrada Rocío Pérez Gamboa rechazó las excepciones de reparación del daño y prescripción deducidas por el fisco, tras establecer que el poblador de Lo Hermida fue víctima de un crimen de lesa humanidad.
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