Con suma urgencia, el Gobierno ingresó a tramitación a la Cámara de Diputados y Diputadas el proyecto para ampliar cálculo de jornada laboral por 40 horas y que además crea un régimen especial para el sector turismo.
La iniciativa consiste en ampliar el período de referencia para calcular el promedio del tiempo laboral. Actualmente, este se realiza sobre cuatro semanas, pero el texto del Ejecutivo propone extenderlo hasta 16 semanas, manteniendo el límite máximo de 45 horas ordinarias por semana.
Víctor Silva, economista y académico de la Facultad de Administración y Economía de la Usach, abordó el tema y explicó algunas dudas que existen sobre la iniciativa del Gobierno.
El profesional acotó, sobre el proyecto ingresado con suma urgencia y que busca modificar los artículos 22, 22 bis y 32 del Código del Trabajo, dos capas que conviene distinguir.
"Por un lado, hay cambios generales que aplican a todos los sectores, como la ampliación del ciclo de cálculo de la jornada de cuatro a 16 semanas y el nuevo sistema de compensación de horas extraordinarias; por otro, un régimen especial exclusivo para turismo y actividades conexas —hoteles, restaurantes, casinos, pubs, discotecas, bares y operadores turísticos—, que permite extender ese ciclo hasta 52 semanas y ampliar de 8 a 12 los domingos consecutivos trabajables", afirmó.
El académico Usach agregó que "en ambos casos se mantiene el tope de 45 horas ordinarias por semana, y el mecanismo solo opera si existe un pacto escrito, con calendario previo, y acuerdo sindical cuando corresponde".
CÓMO PODRÍAN AFECTAR LAS HORAS EXTRAS
El proyecto del Gobierno también modifica la compensación por horas extraordinarias, donde el máximo anual de días de descanso que podrán pactarse como resarcimiento aumentará de cinco a diez días hábiles, mientras que el plazo para utilizarlos se extenderá hasta 12 meses desde la firma del acuerdo.
Sobre este tema, Víctor Silva indicó que "este cambio es transversal, aplica al régimen general de la ley de 40 horas y no está acotado al turismo. El proyecto no toca directamente el valor de la hora extra, que sigue siendo la ordinaria más el recargo legal, pero sí cambia cómo se compensa el tiempo trabajado por sobre lo pactado en cualquier empresa que suscriba estos pactos de distribución de jornada".
El académico Usach comentó que "hoy el trabajador puede acumular hasta cinco días hábiles de descanso al año por horas extraordinarias; el proyecto eleva ese tope a diez días, y amplía el plazo para usarlos hasta doce meses desde la firma del pacto".
El economista profundizó sobre este tema e indicó que "se mantiene la fórmula de una hora y media de descanso por cada hora extra trabajada, y si el descanso no se usa dentro del plazo, se paga con el recargo legal correspondiente".
¿Qué significa en la práctica? Silva explicó que "esto le da más flexibilidad a la empresa para administrar los peaks de demanda sin pagar horas extra de inmediato, pero también alarga el tiempo en que el trabajador tiene esas horas "pendientes" antes de ser compensadas o pagadas, lo que exige un seguimiento más riguroso de parte de ambas partes para que no se transformen en una deuda laboral difícil de rastrear".
Para el especialista, al ser un cambio del régimen general, "su efecto se siente en cualquier rubro que use jornadas variables, no solo en turismo, aunque este último es donde el ciclo de referencia puede llegar más lejos, hasta 52 semanas".
IMPACTO EN EL TURISMO Y FATIGA LABORAL
Además, la iniciativa, para el sector turismo, establece un régimen especial que, mediante acuerdos colectivos o pactos con sindicatos, permitirá distribuir la jornada en ciclos de hasta 52 semanas, sin alterar el promedio legal de horas trabajadas.
Silva indicó al abordar este tema que, como medida económica, "tiene una lógica válida: el turismo es un rubro fuertemente estacional, y hoy la ley obliga a calcular la jornada semana a semana o en bloques de cuatro semanas, lo que no calza con la realidad de un hotel que trabaja al límite en enero y con baja ocupación en junio. Permitir promediar en un ciclo anual, respetando el tope de 45 horas semanales, puede evitar despidos o suspensiones en temporada baja y dar más previsibilidad a la empresa".
El académico Usach llama a tener ojo con cómo se va a fiscalizar, de llegar a concretarse la iniciativa. "El punto crítico no es la lógica económica, sino la fiscalización: la ley exige pacto escrito y calendario previo, pero Chile tiene una Dirección del Trabajo con capacidad de fiscalización limitada frente a la cantidad de pymes del sector, muchas de ellas informales o con alta rotación de personal", indicó.
El economista planteó que "para que esto se respete en la práctica se necesitan al menos tres cosas: fiscalización efectiva y no solo reactiva ante denuncias, registro digital obligatorio de la jornada pactada y ejecutada que sea auditable, y sindicatos o representantes de trabajadores con capacidad real de negociar el pacto, no solo de firmarlo".
El experto también señaló sobre las personas que trabajan a honorarios. "El proyecto no los alcanza, porque esta modificación opera sobre el Código del Trabajo y rige para trabajadores dependientes con contrato; alguien a honorarios sigue fuera de estas protecciones, sin límite de jornada, sin derecho a horas extra ni a los días compensatorios que crea esta ley".
Agregó que "ahí hay un riesgo relevante: si a una empresa le resulta más simple evitar el sistema de pactos y su fiscalización, puede preferir seguir contratando a honorarios en vez de formalizar con contrato indefinido, precarizando en lugar de proteger".
Sobre la sobrecarga que podría tener el personal, específicamente en turismo donde se busca ampliar de 8 a 12 los domingos consecutivos trabajables, aseguró que "ocho domingos seguidos ya es una carga considerable, y pasar a doce implica prácticamente tres meses sin el descanso dominical, aunque sea una vez al año y con pacto previo".
Al profundizar sobre este tema, indicó que "desde la evidencia en finanzas conductuales y economía del trabajo, sabemos que la fatiga acumulada no se compensa completamente con descansos diferidos; el desgaste físico y mental de un ciclo largo sin el punto de referencia semanal que da el domingo puede afectar el desempeño, la seguridad laboral y la vida familiar del trabajador, incluso si al final del año la cuenta de días libres cuadra en el papel".
El académico Usach manifestó que "la medida es defendible como herramienta de adaptabilidad, pero su buen uso depende enteramente de que el pacto sea voluntario y no una condición implícita para conservar el empleo, y de que la compensación posterior se cumpla en la práctica y no solo en el contrato".
RIESGO DE UNA MALA UTILIZACIÓN
El avance de este proyecto preocupa ante la alerta latente de una mala utilización, que conlleva el riesgo de precarización laboral o jornadas excepcionales abusivas, entre otros temas.
Para Silva se trata de "un riesgo real y es el más comentado por especialistas en derecho laboral, y aplica a cualquier sector que use estos pactos de distribución de jornada, no solo al turismo".
El economista afirmó que "el mecanismo exige que el promedio respete el límite legal y que existan semanas de compensación, pero la ley no fija con la misma claridad qué pasa si la empresa no cumple con esa compensación una vez terminado el ciclo, sobre todo en rubros con alta rotación y contratos de temporada, donde el turismo es un caso especialmente expuesto porque su ciclo puede llegar a 52 semanas".
El temor de algunos gremios sindicales es que, en algunos casos, ocurra que un trabajador contratado por unos meses, que llega a trabajar semanas de 45 horas en el peak de la temporada y bajo la promesa de compensación futura, no reciba luego la compensación ante el término del contrato.
Ante un escenario así, Silva explicó que "el proyecto contempla que, al término de la relación laboral, las horas pendientes se paguen junto con la última remuneración, lo que en teoría cierra ese vacío, pero la letra chica importa: el trabajador debe saber que tiene ese derecho, debe poder acreditar las horas trabajadas de más, y debe estar dispuesto a reclamarlas, algo poco probable si depende de que lo vuelvan a contratar la próxima temporada. Aquí el desbalance de poder entre empleador y trabajador temporal es el verdadero punto débil de la medida, más que el diseño legal en sí, y no es un problema exclusivo de turismo aunque ahí el riesgo sea mayor".
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